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Título : La retasa de los bienes en los remates y los derechos del ejecutado.
Autor : Suárez Buenaño, Williams Germán
Lluguay Pérez, Lisseth Esthefanía
Palabras clave : Procedimientos
Ejecución forzosa
Avalúo
Bienes
Embargo
Perito
Retasa
Postor
Fecha de publicación : 14-jun-2022
Editorial : Riobamba: Universidad Nacional de Chimborazo
Citación : LLuguay Pérez, L.(2022) La retasa de los bienes en los remates y los derechos del ejecutado. (Tesis de Grado) Universidad Nacional del Ecuador. Riobamba, Ecuador.
Resumen : La retasa de los bienes en los remates es un mecanismo mediante el cual el accionante solicita al juzgador la realización de un nuevo avalúo cuando durante el primer, segundo o tercer señalamiento efectuado en el Sistema de Remates Judiciales en línea no existieron postores, para que proceda la retasa es necesario que la causa se encuentre en la fase de ejecución y que el demandado sea propietario de bienes. La palabra retasa significa reducir, disminuir el avaluó principal o inicial a fin de que existan nuevos interesados, pues no es lo mismo cancelar seis mil dólares que tres mil dólares por la adjudicación del mismo bien, por otra parte, el ejecutado está investido de derechos, entre ellos el derecho a la defensa, se debe considerar de que no todos formarán parte de la contienda legal, aunque estén legalmente citados, sin embargo, ante la oposición de cumplir con lo pactado los bienes del ejecutado ingresa a la fase de ejecución forzosa, concluyendo con el remate y en algunos casos con la retasa. El Artículo. 405 del Código Orgánico General de Procesos no determina el límite a reducir, es decir, con o sin la presencia del ejecutado el avalúo será disminuido, pero con su comparecencia podrá suspender la retasa cancelando la obligación dispuesta en el mandamiento de ejecución u oponerse al avalúo comercial para una mejor valoración; el perito de acuerdo a su subjetividad y conocimientos le otorgará un nuevo valor al bien embargado.
Descripción : The appraisal of the assets in the auctions consists of being a mechanism through which the plaintiff requests the judge to carry out a new appraisal when during the first, second or third signaling made in the online Judicial Auction System. There were no bidders, the cause is in the execution phase, that the defendant owns property and that the obligation consists of an economic obligation. The word retasa means to reduce, to reduce the principal or initial appraisal so that there are new interested parties, since it is not the same to cancel six thousand dollars as three thousand dollars for the adjudication of a good, but what happens with the rights of the executed, if Well, they are invested with rights, including the right to defense, but the idea that not all of them will be part of the legal contest must be considered, even if they are legally summoned, however, before the opposition to cancel what is due, it enters the phase of forced execution of the assets of the executed, concluding with the auction and in some cases with the rebate. Article. 405 of the General Organic Code of Processes does not determine to what limit it is possible to reduce, that is, with or without the presence of the executed, the appraisal will be reduced, but with his appearance he may suspend the rate, canceling the obligation provided in the execution order or oppose to the commercial appraisal for a better valuation, the legal regulations do not specify up to what percentage the new appraisal will be reduced, this is where the expert, according to his subjectivity, grants a new value to the seized asset.
URI : http://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/9279
ISSN : UNACH-FCP-DER
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