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Título : “El principio de inocencia respecto al procedimiento abreviado en el Derecho Penal Ecuatoriano”.
Autor : Jarrín Acosta, Pedro Napoleón
Edgar Germán, Zabala Cárdenas
Palabras clave : abreviado
indefensión
negociación
procedimientos alternativos
Fecha de publicación : 8-sep-2020
Editorial : Universidad Nacional de Chimborazo
Citación : Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas
Resumen : El procesado dentro del procedimiento abreviado vive un verdadero dilema, puesto que le implantan una supuesta oferta con el fin de encontrar una confesión o simplemente jugar con la preocupación, con el estado emocional de la persona privada de la libertad para que él acepte y se deje en indefensión su derecho a la legítima defensa. Para esto el procesado debe admitir el hecho fáctico que se atribuye. Muchas veces esta negociación puede sonar como la salida más factible a la infracción, sin tomar en cuenta que se está violando el derecho de la persona a la defensa, a una investigación; la misma que podría demostrar la inocencia de la persona o a su vez su culpabilidad. El procesado lo único que espera es solucionar su estado lo más rápidamente y con esta “súper oferta”, es posible que la mayoría se auto incriminen, antes de pelear por una presunción de inocencia o por su libertad. Ahora bien, en el caso de investigación, para mi manera de ver las cosas el que siempre gana con el procedimiento abreviado es el sistema judicial, puesto que son ellos los que llevan menos carga laboral, y el que pierde en este caso, el procesado porque aparte de la imposición de una pena de todas formas pagará la pena. La Constitución de la República del Ecuador en su sección octava, de los medios alternativos de la solución de conflictos manifiesta en su artículo 190.- “Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir.”
Descripción : ABSTRACT: The prosecuted within the abbreviated procedure lives a real dilemma, since an alleged offer is implanted in order to find a confession or simply play with worry, with the emotional state of the person deprived of liberty to accept and leave in defenselessness his right to legitimate defense. For this, the accused must admit the factual fact that is attributed. Many times this negotiation may sound like the most feasible exit to the infraction, without taking into account that the person's right to defense, to an investigation is being violated; the same that could prove the innocence of the person or in turn his guilt. The only thing he expects is to solve his condition as quickly as possible and with this “super offer”, it is possible that the majority incriminate themselves, before fighting for a presumption of innocence or for their freedom. Now, in the case of investigation, in my way of seeing things, the one that always wins with the Abbreviated Procedure is the judicial system, since it is they who carry less workload, and the one who loses in this case, the prosecuted because apart from the imposition of a penalty he will still pay the penalty. The Constitution of the Republic of Ecuador in its eighth section, of the alternative means of conflict resolution stated in its Article 190.- “Arbitration, mediation and other alternative procedures for conflict resolution are recognized. These procedures will be applied subject to the law, in matters that by their nature can be compromised.
URI : http://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/6868
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