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Título : “El orden sucesorio y su incidencia frente a la sucesión intestada, en la Unidad Judicial Civil del cantón Riobamba, en el año 2015.”
Autor : Falconí Herrera, Robert
Castillo Naula, Joel David
Palabras clave : Orden Sucesorio
herencia
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Universidad Nacional de Chimborazo,2017
Citación : Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas
Resumen : El primer orden de sucesión se encuentra en el Código Civil específicamente en el “Libro III de la sucesión por causa de Muerte y de las Donaciones entre vivos” “Titulo II Reglas Relativas a la Sucesión Intestada” En el plano jurídico, el termino Sucesión está vinculado o direccionado especialmente a la “Sucesión por causa de muerte”, entendiendo que una persona sucederá a otra, o en otras palabras se hará dueña de los bienes de la persona difunta puesto que la misma por su condición de (no existencia), ya no puede ser propietaria o dueña de sus bienes, por ende la ley a estimado esta figura jurídica para que los bienes de dicha persona difunta no queden en el limbo, tanto jurídico y de espacio, además que la misma ley prevé que los llamados a la sucesión por causa de muerte. Por lo tanto la ley destina a que sean primordialmente los familiares de dicha persona por sus lazos sanguíneos, haciendo hincapié en que esto será ejecutado en la práctica siempre y cuando exista el requisito sine qua non de que la sucesión sea intestada, comprendiendo por ello que no exista un testamento elaborado o dejado por el causante. Es importante conocer sobre el orden sucesorio puesto que por varios motivos o circunstancias el difunto o causante no ha hecho testamento mientras vivió (sucesión intestada), por ello la legislación ecuatoriana determina, establece y norma específicamente en el Código Civil el orden de llamamiento a heredar para que puedan recibir los bienes que constituyen el patrimonio del causante.
Descripción : The first order of succession is found in the Civil Code specifically in the "Book III of the succession by reason of Death and of the donations between alive" "Title II Rules Concerning the Intested Succession" In legal terms, the term Succession is linked or directed especially to "Succession because of death", understanding that one person will succeed to another, or in other words will own the property of the deceased person since the same Its condition of (non-existence), can no longer own or own its property, therefore the law has estimated this legal figure so that the property of said deceased person not remain in limbo, both legal and space, The same law provides for those called to inheritance because of death. Therefore, the law aims to be primarily the relatives of that person by their blood ties, emphasizing that this will be executed in practice provided there is a sine qua non requirement that the sequence is intestated, thereby understanding that there is no testament made or left by the deceased It is important to know about the order of succession since, for various reasons or circumstances, the deceased or the deceased did not make a will during his Or her stay (intestate succession). Ecuadorian law therefore specifically determines and establishes
URI : http://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/3828
ISSN : FCP-DER
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