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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGarcés Castañeda, Hernán Marcelo-
dc.contributor.authorAusay Cisneros, Mishell Cristina-
dc.creatorUnach-
dc.date.accessioned2019-04-17T20:38:32Z-
dc.date.available2019-04-17T20:38:32Z-
dc.date.issued2019-04-17-
dc.identifier.citationAusay Cisneros, Hernán Marcelo (2019). Incidencia de las medidas de protección, protege a la víctima o vulnera las normas del debido proceso, en los casos de violencia psicológica contra la mujer y miembros del núcleo familiar. Trabajo de Titulación para la obtención del Titulo de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador. Unach. Riobambaes_ES
dc.identifier.urihttp://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/5598-
dc.descriptionIn Ecuador, psychological violence was considered a crime for the first time in the Organic Comprehensive Criminal Code, since it became effective on August 2014, in which this type of crime was typified, punishing the aggressor with up to 3 years of imprisonment. , in cases in which actions are carried out that cause harm or psychological damage, to the extent that they prevent the victim from carrying out their daily activities normally. In this regard, psychological violence against women or members of the family is that which affects the life of the victim, which can even generate traumas and diseases such as depression, low self-esteem, anxiety, among other symptoms. However, it is no less true that according to the complaints that are presented in the Judicial Units of the Family Childhood and Adolescence, in the vast majority of them are accused of psychological violence, which is distorted by the expert reports practiced by psychologists of the Judicial Units, where it is concluded in a large number of cases, that there is no psychological affectation of the victim. For such considerations, in the present investigation it is analyzed how the measures of protection dictated in the cases of psychological violence affect the right to defense, because they are granted immediately without previously hearing the alleged aggressor, which could be considered as a violation of the right to defense, especially in regard to the right to contradict, situations that arise in judicial practice and that warrant a thorough investigation, to promote a reform, in order to give strict observance to due process , enshrined in the constitution of the Republic of Ecuadores_ES
dc.description.abstractEn el Ecuador la violencia psicológica fue considerada como delito por primera vez en el Código Orgánico Integral Penal, desde que entró en vigencia el 10 de agosto del 2014, en el cual se tipificó este tipo penal, sancionando al agresor con hasta tres años de pena privativa de libertad, en los casos en los cuales se ejerzan acciones que causen daño o afectación psicológica, hasta el punto que le impidan a la víctima desarrollar normalmente sus actividades cotidianas. Al respecto, la violencia psicológica en contra la mujer o miembros del núcleo familiar, es aquella que produce afectación a la vida de la víctima, que incluso puede generar traumas y enfermedades como la depresión, autoestima baja, ansiedad, entre otros síntomas. Sin embargo, no es menos cierto que según las denuncias que se presentan en la Unidades Judiciales de la Mujer Familia Niñez y Adolescencia, en la gran mayoría de ellas se acusa de violencia psicológica, lo cual es desvirtuado por los informes periciales practicados por los psicólogos de las Unidades Judiciales, donde se concluye en una gran cantidad de casos, que no existe afectación psicológica de la víctima. Por tales consideraciones, en la presente investigación se analiza como incide las medidas de protección que se dictan en los casos de violencia psicológica, en relación al derecho a la defensa, pues las mismas son concedidas inmediatamente sin escuchar previamente al presunto agresor, lo cual podría considerarse como una vulneración del derecho a la defensa, especialmente en lo que respecta el derecho a contradecir, situaciones que se presentan en la práctica judicial y que ameritan una investigación profunda, para propender a una reforma, en orden a dar estricta observancia al debido proceso, consagrado en la Constitución de la República del Ecuador.es_ES
dc.description.sponsorshipUNACH, Sede Ecuadores_ES
dc.formatapplication/pdf-
dc.format.extent64p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Nacional de Chimborazo, 2019es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectMEDIDAS DE PROTECCIÓNes_ES
dc.subjectDEBIDO PROCESOes_ES
dc.subjectVIOLENCIA PSICOLÓGICAes_ES
dc.subjectINCIDENCIAes_ES
dc.subjectPROCEDIMIENTO PENALes_ES
dc.titleIncidencia de las medidas de protección, protege a la víctima o vulnera las normas del debido proceso, en los casos de violencia psicológica contra la mujer y miembros del núcleo familiares_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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