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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorPeñafiel, Fernando-
dc.contributor.authorBasantes Moreno, Dennis Alexis-
dc.date.accessioned2016-07-20T22:16:25Z-
dc.date.available2016-07-20T22:16:25Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.issnFCP-DER-
dc.identifier.urihttp://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/2778-
dc.descriptionAs Constitutional State of Rights and Justice, Ecuador recognizes the mechanisms of direct and effective protection of the rights documented in this legal instrument in its Constitution. These mechanisms may be summoned when there is a violation of constitutional rights. It is the main duty of the State to ensure its exercise and compliance. This study specifically covers the protective action. In the current Constitution, concerning judicial guarantees, we find the protective action as a mean to safeguard the human and constitutional rights if they are eventually breached, violated, or impaired. For this purpose, the Organic Law on Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control (LOGJCC), details the process to be followed during a protective action. This process under procedural principles is contained in the Constitution itself, in the LOGJCC, and other standards such as the Organic Code of Judicial Function (COFJ). As it is the case of the principle of celerity. This research is a study of the assessment made by the judge on the evidence presented by the litigants, in the processes of protective actions, taking into consideration that the process should be accomplished quickly, fulfilling the provisions stated on the LOGJCC, that is to say., to solve the problem, invoking procedural celerity as a way.es_ES
dc.description.abstractEn el Ecuador, como Estado Constitucional de Derechos y Justicia, se reconoce en la Constitución mecanismos de amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en éste instrumento legal, mismos que pueden interponerse cuando exista una vulneración a los derechos constitucionales y es deber principal del Estado garantizar su cumplimiento y ejercicio; específicamente se tratará sobre la acción de protección. En la Constitución actual, referente a las Garantías Jurisdiccionales, encontramos a la acción de protección como un medio de amparo de los Derechos Humanos y Constitucionales si se ven vulnerados, violados o menoscabados; para el efecto, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y control constitucional, detalla el proceso a seguir en una acción de protección, bajo principios procesales que constan en la propia Constitución, en la misma LOGJCC, y otras normas como El COFJ, tal es el caso del principio de celeridad Procesal. Esta investigación hace un estudio de la Valoración que realiza el Juez, sobre las pruebas presentadas por las partes procesales, en los procesos de acciones de protección, teniendo en consideración que el proceso debe llevarse con rapidez, cumpliendo lo previsto en la LOGJCC, es decir, resolver invocando la Celeridad como presupuesto procesal.es_ES
dc.description.sponsorshipUNACH, Sede Ecuador.es_ES
dc.format.extent185 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherRiobamba: Universidad Nacional de Chimborazo, 2016.es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectAcción de protecciónes_ES
dc.subjectDerechos Constitucionaleses_ES
dc.subjectPrincipios Constitucionaleses_ES
dc.subjectPruebaes_ES
dc.titleEl principio de celeridad procesal en la acción de protección y su incidencia en la valoración de la prueba aportada por las partes procesales, de las causas tramitadas en las Unidades Judiciales del Cantón Riobamba, período 2014-2015.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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