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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorHidalgo Cajo, Fredy Roberto-
dc.contributor.authorPujota Remache, Elizabeth Patricia-
dc.date.accessioned2024-09-26T17:55:58Z-
dc.date.accessioned2024-09-26T17:56:08Z-
dc.date.available2024-09-26T17:55:58Z-
dc.date.available2024-09-26T17:56:08Z-
dc.date.issued2024-09-26-
dc.identifier.citationRESUMEN: El derecho laboral se centra en la protección y en la igualdad de condiciones con el objetivo de evitar la vulneración de los derechos del trabajador, nace una serie de principios que pretende amparar a los mismos; esto, debido a que la historia ha sido encargada de exponer la disparidad que existe entre las partes (empleador - trabajador) donde el primero (empleador) cuenta con una capacidad de ‘poder’, mientras que el segundo es considerado como un individuo inerte debido a la necesidad económica que este tiene y el bajo poder de decisión. La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 33, 325, 326 y 327 reconocen el derecho al trabajo como la base para el correcto cumplimiento del derecho humano como el de seguridad social; la carta magna es clara al estipular que el trabajo es un deber social y un derecho económico que se desarrolla como base económica; en concordancia con el Código de Trabajo artículo 4 y los artículos de la Constitución mencionados anteriormente, conjuntamente manifiestan que los derechos del trabajador son irrenunciables e intangibles y en el caso que dentro de cualquier contrato se estipule alguna cláusula que contradiga esta norma, el mismo será nulo.es_ES
dc.identifier.issnUNACH,Ecuador-
dc.identifier.urihttp://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/13802-
dc.descriptionABSTRACT: Labor law focuses on protection and equal conditions with the aim of avoiding the violation of worker rights, a series of principles is born that aims to protect them; This is because history has been in charge of exposing the disparity that exists between the parties (employer - worker) where the first (employer) has a capacity for 'power', while the second is considered an inert individual due to the economic need that it has and the low decision-making power. Articles 33, 325, 326 and 327 of the Constitution of the Republic of Ecuador recognize the right to work as the basis for the proper fulfilment of human rights such as social security; The Magna Carta is clear in stipulating that work is a social duty and an economic right that is developed as an economic basis; in accordance with article 4 of the Labor Code and the articles of the Constitution mentioned above, together state that the rights of the worker are inalienable and inviolable and in the event that any clause is stipulated within any contract that contradicts this norm, it will be null and void. This research within chapter three, evidences the methodology used for the development of this work; which are of a basic, documentary-bibliographic, field, analytical and descriptive type, developed in such a way as to establish the reality of the research topic. Finally, it is concluded that the principle of the primacy of reality protects and represents the right in defense of workers, is applied in labor disputes for the benefit of the most vulnerable party (worker), and most importantly that it is consolidated in doctrinal and jurisprudential form.es_ES
dc.description.abstractRESUMEN: El derecho laboral se centra en la protección y en la igualdad de condiciones con el objetivo de evitar la vulneración de los derechos del trabajador, nace una serie de principios que pretende amparar a los mismos; esto, debido a que la historia ha sido encargada de exponer la disparidad que existe entre las partes (empleador - trabajador) donde el primero (empleador) cuenta con una capacidad de ‘poder’, mientras que el segundo es considerado como un individuo inerte debido a la necesidad económica que este tiene y el bajo poder de decisión. La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 33, 325, 326 y 327 reconocen el derecho al trabajo como la base para el correcto cumplimiento del derecho humano como el de seguridad social; la carta magna es clara al estipular que el trabajo es un deber social y un derecho económico que se desarrolla como base económica; en concordancia con el Código de Trabajo artículo 4 y los artículos de la Constitución mencionados anteriormente, conjuntamente manifiestan que los derechos del trabajador son irrenunciables e intangibles y en el caso que dentro de cualquier contrato se estipule alguna cláusula que contradiga esta norma, el mismo será nulo.es_ES
dc.description.sponsorshipUNACH,Ecuadores_ES
dc.format.extent72p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectPrincipio de Primacía de la Realidades_ES
dc.subjectDerecho Laborales_ES
dc.subjectEmpleadoes_ES
dc.subjectTrabajadores_ES
dc.titleEficacia de la aplicación del principio de primacía de la realidad y la vigencia de los derechos de los trabajadores.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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